Esto es lo que ocurre si cometes un asesinato en el metaverso. ¿Cuáles son los límites del mundo virtual? | Tecnología

Con el auge de los mundos virtuales, sea cual sea su forma, uno se pregunta hasta qué punto los delitos en el mundo real tienen su equivalente en el virtual. Continuamente escuchamos y leemos la inmersión tan grande que este tipo de universos virtuales va a generar en nosotros.

Pero claro, no deja de ser un juego. Sin embargo, son personales reales (bajo la identidad de un avatar), la que está construyendo su entorno, economía o simplemente se divierte en estas sociedades virtuales. Entonces, ¿hasta qué punto algo es delito o no? ¿Se debe penar de la misma forma?

En el Código Penal, el asesinato está detallado en el artículo 139 y se castiga con entre 15 y 25 años de prisión, pero se aplica a la muerte de otra persona (en el mundo real). Como es lógico, matar al avatar de una persona no se castiga de la misma manera.

Sin embargo, parece que no van a quedar impunes, ya que se pueden aplicar otras leyes. Una de ellas sería el delito contra la integridad moral.

En los casos más extremos, en los que la muerte del avatar suponga realmente una afectación para la persona, se aplica el artículo 173 del Código Penal, que regula el trato degradante, el acoso laboral, el acoso inmobiliario, el acoso injusto y la violencia doméstica y se castiga con una pena de prisión de 6 meses a 2 años.

Este no es el único delito que se podría aplicar: delito de descubrimiento y revelación de secretos como violación de la intimidad.  En este contexto, podemos interpretar que un avatar está estrechamente ligado a la imagen de una persona y que dañar ese avatar también significa dañar la imagen de alguien.

También se puede aplicar el ciberacoso o la Protección de Datos. El Código Penal tiene múltiples delitos tipificados que pueden utilizarse en caso de ataques en el metaverso, como el artículo 183, que regula el acoso a menores.

"El avatar es un dato que nos identifica, regulado por el RGPD y su uso indebido podría ser perseguido", explica Borja  Adsuara, doctor en Derecho y experto en Estrategia Digital. En este caso, la AEPD podría imponer una multa.

Pese a todo esto, el problema radica en que una acción de esta naturaleza no podría ser considerada como tal a través de la realidad virtual, a pesar de que el realismo podría producir un efecto devastador equivalente (existen noticias /tecnologia/chaqueta-compania-owo-game-ha-ganado-premio-innovacion-ces-2022-984265" title="Así es la chaqueta de Realidad Virtual de una compañía español a que ha ganado el premio a la innovación en CES 2022">dispositivos que te permiten sentir el tacto como la chaqueta de realidad virtual de Owo Game).

Por ello, puede que previamente la inclusión masiva de personas en estos entornos, sea necesaria una seguridad que evite este tipo de problemas por parte de la plataforma encargada, dejando a un lado el Código Penal.

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