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Perú cumplirá el pedido de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) de suspender la excarcelación del expresidente Alberto Fujimori (1990-2000), según informó este miércoles el procurador supranacional, Carlos Reaño. Su decisión se conoce dos semanas después de que el Tribunal Constitucional le otorgara ese beneficio al exmandatario por motivos humanitarios en una votación que resultó empatada tres a tres, y que dirimió el presidente del colegiado, un abogado que fue candidato del fujimorismo cuando postuló a ese organismo en 2017.

La Corte IDH solicitó al Estado peruano a media tarde del miércoles que “se abstenga de ejecutar la orden del Tribunal Constitucional de disponer la libertad” de Fujimori hasta que el juzgado interamericano decida las medidas provisionales que pidieron las víctimas de las masacres La Cantuta y Barrios Altos al enterarse hace dos semanas de la súbita decisión del Constitucional sobre un habeas corpus presentado en 2020.

En esa solicitud, el abogado Gregorio Parco, pese a no ser el defensor legal del reo, pidió la excarcelación en el contexto de la pandemia de coronavirus argumentando la avanzada edad del detenido (83 años en la actualidad), el hecho de que no representaba un peligro para la sociedad y su salud deteriorada.

En 2009, el autócrata fue condenado a 25 años de prisión como autor mediato de homicidio calificado y lesiones graves cometidos por el destacamento militar Colina, un escuadrón de la muerte creado durante su Gobierno que bajo el pretexto de la lucha contra el terrorismo asesinó a decenas de civiles, algunos de ellos opositores al régimen.

En noviembre de 1991, el Grupo Colina asesinó a 15 personas -entre ellos un niño de ocho años- en un inmueble de Barrios Altos (centro de Lima), mientras que en julio de 1992 secuestró a nueve estudiantes y un profesor de la Universidad Nacional de Educación La Cantuta, a quienes ejecutaron extrajudicialmente. Al año siguiente, algunos de los cuerpos fueron encontrados calcinados al este de la capital.

La sentencia que declaró culpable a Fujimori en 2009 fue producto de un largo proceso en el sistema de justicia interamericano al que acudieron las víctimas de las dos masacres ante la imposibilidad de que el fuero peruano investigara y sancionara a los responsables. El Gobierno de Fujimori incluso amnistió a los miembros del Destacamento Colina por los delitos que cometió.

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El procurador Reaño, como representante del Estado peruano en los litigios en el sistema interamericano, recibió la resolución de la Corte IDH y la comunicó a las entidades involucradas en la excarcelación de Fujimori. “Debe cumplirse esa decisión de la Corte Interamericana, están siendo notificados de esa resolución el Instituto Nacional Penitenciario, el Tribunal Constitucional y el Poder Judicial”, refirió en la emisora Radioprogramas.

En un comunicado de prensa del 17 de marzo, el Constitucional refirió que al declarar fundado el habeas corpus restituía los efectos del indulto humanitario que le concedió a Fujimori el expresidente Pedro Pablo Kuczynski la nochebuena de 2017, y disponía su libertad. El indulto se produjo luego de una negociación con el entonces congresista Kenji Fujimori, hijo del expresidente, y otros parlamentarios disidentes del fujimorismo a cambio de apoyarlo con votos para evitar ser destituido del cargo, en medio de una ofensiva liderada por la bancada parlamentaria que respondía a las órdenes de otra de las hijas de Fujimori, Keiko, derrotada por Kuczynski en las elecciones presidenciales de 2016.

Semanas después, la Defensoría del Pueblo demostró que los procedimientos que condujeron al indulto fueron irregulares. Además, debido a las sentencias de la Corte IDH sobre los casos Barrios Altos y La Cantuta, dicho tribunal pidió al Estado peruano cumplir sus obligaciones con las víctimas y evaluar si el indulto las infringía. Los abogados de las víctimas pidieron a un juez supremo evaluar si el perdón presidencial se ajustaba a la Convención Interamericana de Derechos Humanos, un proceso llamado control de convencionalidad. La consecuencia de dicho proceso fue la resolución del juez supremo penal Hugo Núñez que anuló el indulto en 2018, por haber sido producto de una negociación política, y por las irregularidades del trámite. Fujimori entonces retornó a prisión.

La noche del lunes, uno de los abogados de Fujimori, Elio Riera, planteó que al no existir aún una resolución de la Corte Interamericana, sino una comunicación enviada al Estado peruano por el secretario de esa entidad, “sería inviable ejecutar” el pedido del tribunal interamericano. Horas antes, la hija mayor de Fujimori visitó a su padre en el centro de reclusión y anunció a la prensa que esperaban la liberación de su padre este viernes.

Pasadas las 9 de la noche del miércoles, la lideresa de Fuerza Popular difundió un audio en rechazo al pedido de la Corte IDH. “En un capítulo más de una serie de injusticias contra mi padre, una corte internacional reconocida desde siempre por su sesgo ideológico pretende ahora impedir a través de un documento simple la excarcelación de Alberto Fujimori”, comentó.

“Está en manos del Gobierno allanarse o no a una medida tan precaria como injusta. Si existiera un mínimo de equilibrio en su evaluación, no debería desacatar el fallo del Tribunal Constitucional. De ceder ante una maniobra tan perversa e inhumana, mi familia hace responsable a este Gobierno de las consecuencias que su decisión pueda generar en la vida y la salud de Alberto Fujimori”, añadió la ex candidata presidencial, que afronta un juicio por lavado de activos y obstrucción a la justicia en el caso Odebrecht.

Las posiciones en el Constitucional

La sentencia del Constitucional fue difundida este lunes. En ella, el ponente a favor del recurso, Ernesto Blume, cuestiona las resoluciones judiciales que anularon el indulto de 2017, alegando que los jueces señalaron “presunciones subjetivas sobre irregularidades (en el trámite) que no resultan tales” y dice que el “objetivo final” del habeas corpus era “evitar la muerte del reo en prisión”. Además, Blume considera que el juez penal que anuló el indulto en 2018 no era competente para dicha decisión.

En uno de los tres votos en contra, la magistrada Marianella Ledesma reveló que las resoluciones que anularon el indulto no estaban en el expediente. “Los tres magistrados han anulado resoluciones que nunca han leído”, afirmó. Según la jurista Úrsula Indacochea, el Constitucional contravino sus propia jurisprudencia al pronunciarse sobre documentos que no obraban en el caso, comentó en Twitter.

Para la jueza Ledesma, “la sentencia ha dañado gravemente la legitimidad de la justicia constitucional peruana dado el desprecio sobre los derechos humanos, en especial, respecto de aquellos derechos que se encuentran en el ámbito de protección de la Corte IDH”, sostiene en una de las 86 páginas de su voto en contra.

“Con esa forma de proceder, los tres jueces se burlan de la memoria de los fallecidos, la dignidad de sus familias y la conciencia moral del país”, añade la expresidenta del Tribunal Constitucional. Ledesma agrega que la sentencia beneficia al hijo menor de Fujimori y a Kuczynski, quienes afrontan un juicio por delito contra la administración pública en la modalidad de cohecho por haber negociado el indulto en 2017.

Los magistrados Ferrero, Blume y José Luis Sardón, que votaron por liberar al expresidente, son conocidos por ser cercanos al fujimorismo y a sectores conservadores. En 2019, los tres respaldaron un habeas corpus que presentó Sachi, otra de la hijas de Fujimori, y permitieron la excarcelación de la lideresa de Keiko Fujimori cuando estaba en prisión preventiva mientras era investigada por lavado de activos y obstrucción a la justicia por el caso Odebrecht. Los tres optaron por acelerar este expediente debido a que dos de ellos tienen el mandato vencido, Ferrero asumió como presidente en enero -con el voto dirimente- y el Congreso inició hace pocas semanas el proceso para elegir a los nuevos magistrados del Constitucional, y reemplazar a los que deben irse.

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El Gobierno de Ucrania ha lanzado este miércoles varios mensajes alertando del corte del suministro eléctrico en la instalación nuclear de Chernóbil, que está en manos de las tropas rusas, y de la imposibilidad de reparar ese problema debido a los combates en la zona. El Ejecutivo, incluso, ha alertado de una posible fuga radiactiva si no se restaura el suministro eléctrico. El Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), aunque se ha mostrado de nuevo preocupado por las consecuencias que puede tener este conflicto bélico en las instalaciones nucleares del país, ha considerado sin embargo que no existe “un impacto crítico en la seguridad” en este momento en el caso de Chernóbil, cuyos reactores no están en activo.

En abril se cumplirán 36 años del desastre de Chernóbil, el peor accidente en una central nuclear registrado nunca. La explosión en 1986 del reactor número cuatro de la central generó este accidente radiactivo. Pero los otros tres reactores siguieron funcionando. El último dejó de operar en 2000.

Tras la parada de un reactor en cualquier central, el combustible usado, que es altamente radiactivo, se suele almacenar en piscinas con agua para su refrigeración. Tras el corte del suministro en Chernóbil, registrado a las 11.22 (hora local) de este miércoles, el Gobierno ucranio ha señalado a la agencia Reuters que podrían producirse fugas radiactivas porque no se podrá enfriar el combustible nuclear gastado.

Sin embargo, la central cuenta con generadores de emergencia que funcionan con diésel. Según el comunicado difundido por el regulador ucranio de energía nuclear, las instalaciones tienen suficiente combustible para que los generadores funcionen durante 48 horas. La OIEA ha insistido este miércoles en la existencia de esos generadores y ha recordado, como ya hizo a principios de mes, que debido al tiempo transcurrido desde el accidente de Chernóbil “la carga térmica de la piscina de almacenamiento del combustible gastado y el volumen de agua de refrigeración que contiene la piscina son suficientes para mantener una extracción eficaz del calor sin necesidad de suministro eléctrico”. Lo mismo ocurre con los últimos elementos de combustible nuclear provenientes del reactor que dejó de operar en 2000, introducidos en las piscinas de la central, que tampoco necesitarían de ese respaldo eléctrico para evitar un desastre, opinan los expertos.

Alfonso Bargas, ingeniero nuclear de Enusa —la empresa pública de combustible nuclear de España— señala que tras la parada de un reactor nuclear los elementos de combustible siguen guardando una enorme cantidad de calor. Pero lo van perdiendo de forma exponencial. “Nada más apagarse el reactor solo conservan el 10% del calor”, apunta, y sigue reduciéndose a gran velocidad en las siguientes semanas. “35 años después [del accidente de Chernóbil] el calor que se podría esperar de cada elemento de combustible sería de unos 500 vatios”, el equivalente a menos de 10 bombillas. En España, por ejemplo, cada elemento de combustible pesa entre 500 y 1.000 kilogramos y está formado por entre 250 y 300 barras de combustible, añade Bargas.

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El principal problema que se podría generar si las barras de combustible guardara un gran poder calorífico estaría en que se evaporara el agua de las piscinas en las que se almacena, generando una nube radiactiva tras fundirse. Pero ese peligro, opinan Bargas y la OIEA, no está sobre la mesa ahora en el caso de Chernóbil debido al tiempo transcurrido y a pesar de que del corte del suministro eléctrico, que se emplea para que el agua siga circulando y enfriándose en las piscinas. Bargas recuerda que, tras el accidente de Fukushima en 2011, se realizaron pruebas de estrés para comprobar la seguridad de este tipo de piscinas. La conclusión fue que en condiciones normales el agua no llegaría a hervir y, por lo tanto, a evaporarse completamente de las piscinas.

Bargas cree que hay que estar atentos al desarrollo de la situación en Chernóbil, que está en manos de las tropas rusas desde el inicio de la invasión, pero en estos momentos “no supone un riesgo para la seguridad”, como opina también la OIEA, una organización que está realizando un seguimiento continuo de la situación desde el inicio de la invasión y que hasta ahora no ha puesto paños calientes al riesgo existente. Pero, como señala Bargas, “Chernóbil no es el motivo de más preocupación en Ucrania”. Más preocupante es lo que pueda ocurrir con los 15 reactores nucleares en activo que hay en el país y que generan cerca del 50% de la electricidad que consume Ucrania. “Se están dando pasos para que pase algo”, opina este experto.

Personal

Además del riesgo de que estas instalaciones en activo puedan resultar dañadas de forma intencionada o accidentalmente en los combates, a la OIEA y a los observadores internacionales les preocupa la situación en la que está el personal que trabaja en las centrales y las instalaciones nucleares del país. Rafael Grossi, secretario general de este organismo internacional, ha advertido ya en varias ocasiones que es básico que los trabajadores de las plantas puedan “descansar y trabajar con turnos regulares”. “La capacidad del personal para tomar decisiones sin presiones indebidas es uno de los siete pilares indispensables de la seguridad nuclear tecnológica y física” que ha fijado la OIEA para evitar un desastre en una situación como la de Ucrania, explica este organismo.

En el caso de Chernóbil, la situación de los trabajadores no es buena, según advierte el regulador ucranio. “Ya hace dos semanas que el personal de la central nuclear de Chernóbil lleva a cabo valiente y heroicamente sus funciones sin rotación para garantizar el funcionamiento seguro de las instalaciones”, ha afirmado este miércoles el supervisor nuclear de Ucrania. “Estoy profundamente preocupado por la difícil y estresante situación a la que se enfrenta el personal de la central nuclear de Chernóbil y los posibles riesgos que esto conlleve para la seguridad”, dijo también el martes Grossi.

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La Corte modificó la Ley antichancleta que prohíbe el castigo físico y que causa la pérdida de la patria potestad

La Corte determinó que dos artículos iban en contra de la esencia de la ley, y que tal y como estaban redactados era tolerancia al maltrato infantil.

Noticias Colombia

Por unanimidad, la Corte tumbó dos disposiciones de la ‘Ley Antichancla’, que prohíbe el castigo físico y los tratos crueles como método de crianza o corrección de los niños del país.

Una de las modificaciones tiene que ver con la definición que se hace en esa ley sobre el concepto de “castigo físico”.

Frente a este hecho, la Corte determinó que no puede definirse al castigo físico como una “acción de crianza, orientación o educación”.

La segunda disposición que tumbó la Corte era aquella que advertía que los padres podían perder la custodia de sus hijos, o la patria potestad; cuando los castigos físicos fueran “reiterativos ” o afectaran la salud mental o física de los menores.

Según la decisión de la Corte, de ahora en adelante no será necesario demostrar que un maltrato fue reiterativo o habitual para que se configure la pérdida de la patria potestad.

Tanto el demandante como el Gobierno argumentan que el castigo físico no se puede avalar; como una forma de educación o de orientación; advirtiendo que la misma ley es muy clara en prohibir este tipo de castigos como una medida correctiva para aplicar con los niños.

La decisión fue adoptada por cuenta de una demanda que radicaron los abogados Manuel Díaz Sarasty y María Inés Figueroa.





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Lluvias tienen en alerta a Arboleda: hay casas destruidas, familias afectadas y corte de energía

Los deslizamientos provocaron la caída de dos postes de energía que tienen sin el servicio de energía al municipio de Arboleda.

Noticias Nariño.

Las lluvias nuevamente tienen en alerta al departamento de Nariño, especialmente al municipio de Arboleda, por cuenta de los deslizamientos registrados en las últimas horas.

Así lo reportaron las autoridades locales, tras señalar que en la vereda La Cocha se registraron 5 deslizamientos que han generado estragos en la zona.

Informaron que la principal afectación se presentó en la vía Nacional Pasto La Unión PR 60+400.

La emergencia además de provocar el cierre de la vía, dejó dos viviendas completamente destruidas.

Así mismo reportaron que cinco familias se vieron damnificadas por la emergencia.

«También se reporta la afectación eléctrica con la caída de dos postes de energía de baja tensión; por tal razón toda la vereda la Cocha, se encuentra sin fluido eléctrico», añadieron.

Agregaron que frente a esta situación, ya se desplegaron acciones para contrarrestar la situación.

«Ya se hizo el envío de maquinaria por parte de Invías; de la misma forma, ya atendieron a dos familias con reubicación», puntualizaron.

Entre tanto, ya se hizo el reporte a Cedenar de la afectación, y se espera que hoy se hagan las visitas al lugar para hacer la evaluación y análisis de necesidades.

En Pasto la situación anoche también fue delicada:

Intensas lluvias ‘ahogaron’ a Pasto, se desbordó el río y varias calles se inundaron



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La planta de regasificación de Enagás en Huelva, en una imagen de archivo.
La planta de regasificación de Enagás en Huelva, en una imagen de archivo.Carlos Crespo

España es uno de los países europeos con menor capacidad de producción de gas natural: lo que extrae del subsuelo apenas alcanza para cubrir el 0,4% de su consumo. Sin embargo, Bruselas —que detallará la semana que viene su plan de contingencia— ve en la Península un punto clave para el suministro del resto de países de la Unión en caso de que la escalada bélica en torno a Ucrania pase a mayores y cortocircuite el cauce más usado para el suministro del Viejo Continente: los gasoductos que traen este combustible desde Rusia, el segundo productor mundial.

La respuesta a por qué España es tan fundamental a ojos de la Comisión está en su notable capacidad de recepción y regasificación del combustible que, en el escenario más extremo, suministrarían por barco de Estados Unidos —primer productor mundial y pieza clave en el engranaje de emergencia que está organizando el Ejecutivo comunitario— y Qatar para evitar una crisis energética de grandes proporciones en la UE. También en su experiencia previa como importador, en los últimos años, de gas natural licuado (GNL) de países tan diversos como Trinidad y Tobago, Guinea Ecuatorial o Argentina, lo que ha permitido alumbrar que es clave en un periodo de máxima tensión como la actual.

La operación sería más o menos como sigue: una gran flota de metaneros llegaría a los puertos peninsulares procedente de estos dos países y de otros grandes exportadores como Argelia —que también manda gas por tubo— o Nigeria. Los buques descargarían el gas para ser posteriormente reexportado a otros países del entorno como Francia o Alemania. Según la media docena de fuentes consultadas, el concurso de España en la operación podría ayudar a paliar parcialmente —muy parcialmente— el golpe. Pero sería a todas luces insuficiente para cubrir íntegramente el agujero que dejaría el gigante euroasiático, que hoy suministra el 40% del gas que consume Europa y casi la totalidad del que requieren los países del centro y el este de la Unión.

“Estamos hablando de otro orden de magnitud”, apunta el economista Miguel Ángel Lasheras, al que respalda una sólida trayectoria en el sector gasista. “Imagino que es una forma de mandar una señal de amenaza a Rusia. Pero es poco creíble, al menos a corto plazo. Más aún cuando la propia Comisión Europea nunca le ha dado mucha importancia a las conexiones de gas entre España y el resto del continente, que no ha considerado ni estratégicas ni prioritarias”, critica.

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La península ibérica cuenta con siete puertos con capacidad de regasificación —seis en España y uno más en Portugal— que están estratégicamente distribuidos: tres en la costa mediterránea y otros tres en la atlántica. Es mucho para un país de su tamaño: más del doble, por ejemplo, que los dos que le van a la zaga en Europa, Francia e Italia. Los seis puertos españoles cuentan con sus respectivas plantas de almacenamiento y regasificación con capacidad ociosa suficiente como para procesar y reenviar a otros países del entorno una cantidad significativa de gas. Toda una rareza en un mercado, el europeo, que en los últimos meses vive una situación de tensión permanente.

Sin embargo, las débiles interconexiones con Francia —dos tubos de escasa capacidad para los estándares de los gasoductos modernos, ubicados en Irún (País Vasco) y Larrau (Navarra)— suponen un importante “cuello de botella” —en palabras de Georg Zachmann, del centro de estudios bruselense Bruegel— que limita la cantidad de gas que se podría reexportar al resto del continente. Lo que podría transportar España por tubo es, por tanto, apenas una gota en un océano de consumo europeo.

“La capacidad de España es grande y podría ser de ayuda en una situación de emergencia como la que se plantea, pero la interconexión es la que es”, explica Gonzalo Escribano, director del Programa Energía y Clima del Real Instituto Elcano. Con todo, este experto —como prácticamente todas las fuentes consultadas— descarta el escenario más extremo y cree que Rusia, incluso si llegase a producirse una confrontación bélica, cumplirá sus contratos de suministro. En gran medida, porque supone una fuente de financiación y de divisas de la que no puede prescindir en condiciones normales y menos aún en un escenario de guerra abierta.

Un “portaaviones” del gas para el resto de Europa

La segunda opción sería que España hiciese las veces de “portaaviones” del gas para el resto de socios europeos, en palabras de una voz destacada del sector gasístico. Dada su posición geográfica ventajosa —más cercana a América y a los principales exportadores africanos— y su capacidad de almacenamiento en puerto, podría recibir gas por barco y guardarlo en sus instalaciones antes de distribuirlo, de nuevo por mar, al resto de países vecinos.

“La experiencia del pasado nos indica que, efectivamente, el sistema ibérico tiene capacidad para reexportar gas natural”, apunta Jorge Fernández, coordinador del Laboratorio de Energía del Instituto Vasco de la Competitividad, adscrito a la Universidad de Deusto, que recuerda que en 2014 se llegó a almacenar y poner de nuevo en el mercado un volumen respetable. En aquella ocasión, con Asia como destino mayoritario. “Históricamente, los tanques de gas licuado de los puertos españoles han tenido una tasa de utilización relativamente baja y sigue habiendo mucha capacidad de almacenamiento”, añade.

Esta operación convertiría a la Península en un hub en el que se iría guardando una cantidad razonable de combustible —aunque, de nuevo, pequeña respecto a las necesidades totales del continente— ya en suelo comunitario. Pero tiene una gran pega: el coste. “Sería carísimo y, además, el resto de Europa no está precisamente sobrada de plantas de regasificación”, apostilla Escribano. “Los agentes privados no tendrían ningún incentivo económico a hacerlo, así que habría que cubrir ese coste de alguna manera”, agrega Fernández. “Sería posible, sí, pero también muy ineficiente. Además, ¿qué sentido tendría dejarlo aquí y no llevarlo directamente a destino? Puede que se haga puntualmente, pero no le veo mucho sentido”, apunta un directivo del sector bajo condición de anonimato.

La tercera alternativa, aún más compleja, pasaría por utilizar las centrales de ciclo combinado —que también están lejos de operar a pleno rendimiento— para quemar el gas importado de EE UU o Qatar y obtener electricidad. Pero, de nuevo, la gran barrera es la interconexión con el resto del continente: el cable actual que une España y Francia dista mucho de tener la capacidad necesaria para transportar toda la energía que se requeriría. “Además, la mayor parte del gas que se está consumiendo en el resto de Europa es para calefacción e industria”, recuerda Lasheras. “Ninguna de las alternativas serviría para reemplazar todo el gas que se importa de Rusia. Otra cosa sería que la UE se tomase en serio el tema de las interconexiones para romper esa dependencia energética. Pero sería cuestión de muchos años, no de unos meses”.

Relativa relajación de precios

Además del compromiso estadounidense, con sus vastos recursos de gas de lutita, Europa cuenta con otra baza a su favor para garantizar el suministro en los próximos meses incluso si Rusia cierra el grifo completo: la relativa distensión de los mercados gasísticos globales en las últimas semanas. Tras un periodo de altísimo voltaje —en el que los precios se han llegado a triplicar— y a poco más de mes y medio vista del final del invierno, el aumento abrupto de la demanda en varios países asiáticos ha desaparecido tras el acopio acometido durante el otoño y la primera parte del invierno. Y la competencia por los metaneros es mucho menor que unas semanas atrás. Aunque los precios actuales siguen siendo muy altos, sin parangón en perspectiva histórica y disparatados respecto a solo un año atrás, empiezan a dar las primeras señales de relajación. «Las reservas están en niveles más bajos que otros años, pero creo que dará para que Europa pase lo que resta de invierno», resumen un directivo del sector. «En España lo doy por garantizado».

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Accidente del Casa 212: Corte de Valparaíso dará a conocer en un máximo de 30 días fallo por indemnización de perjuicios

Colombia: denuncian a Gobierno ante CPI por crímenes de lesa humanidad

Además de Iván Duque, señalan al ministro de Defensa, Diego Molano; al comandante del Ejército, Eduardo Zapateiro, y al director de la Policía, Jorge Luis Vargas, como los «máximos responsables».

Deutsche Welle

14.05.2021

Organizaciones sociales y el senador de izquierda Iván Cepeda denunciaron ante la Corte Penal Internacional (CPI) y el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas crímenes de lesa humanidad ocurridos en las manifestaciones contra el Gobierno del presidente colombiano, Iván Duque, según trascendió este jueves (13.05.2021).

Además de Duque, los demandantes señalan al ministro de Defensa, Diego Molano; al comandante del Ejército, el general Eduardo Zapateiro, y al director de la Policía, el general Jorge Luis Vargas, como «máximos responsables».

La denuncia de Cepeda -fuerte opositor de Duque y de Álvaro Uribe- fue acompañada por varias ONG como Temblores; la Mesa de Trabajo sobre Desaparición Forzada de la Coordinación Colombia Europa Estados Unidos, el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos y la Corporación Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Bord.

En un comunicado, el grupo de querellantes dice que «teniendo la capacidad material para prevenir la comisión de estos delitos o promover el castigo efectivo de los presuntos responsables, no lo hicieron». Igualmente, señalan al expresidente Álvaro Uribe (2002-2010) como de ser uno de los «principales instigadores» de crímenes de lesa humanidad que supuestamente ocurrieron en las protestas. Según el informe hay evidencias de delitos contra la población civil reflejado en «homicidios, torturas, privaciones graves de la libertad física, violencia sexual y desapariciones forzadas».

«Se documentaron 24 casos de asesinato y 50 de víctimas de tentativa de asesinato; 16 víctimas de violencia sexual; 11 víctimas de desaparición forzada; 129 víctimas de tortura y 1.365 víctimas de detención irregular», sostiene la denuncia.

El grupo expresa preocupación porque Cali -la tercera ciudad del país- ha sido «escenario de los más graves hechos» y remarca que las principales autoridades de Gobierno y Estado no condenan en «forma enfática los crímenes y las graves violaciones de DD. HH. que presumiblemente implican a miembros de la fuerza pública».

En la misiva, piden que se active la competencia de la CPI para conocer estos crímenes, ya que el Estado colombiano «no tiene voluntad de adelantar las investigaciones en la comisión de acusaciones de la Cámara y demás organismos, debido al exceso de concentración de poder en cabeza del presidente Iván Duque, lo que ha quebrantado el principio de separación de poderes».


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Fallo de la Corte Suprema declara que no habrá detenciones por infringir el toque de queda

Lo anterior se cumplirá siempre y cuando no represente un peligro real para la salud pública, como por ejemplo las aglomeraciones o fiestas clandestinas.

24Horas.cl Tvn

11.05.2021

Un fallo de la Corte Suprema obligó al Ministerio Público a modificar su criterio por infracciones al artículo 318 del Código Penal, es decir, una persona no podrá ser detenida en caso de circular en horario de toque de queda y sin su respectivo salvo conducto.

Sin embargo, lo anterior se cumplirá siempre y cuando no represente un peligro real para la salud pública, como por ejemplo las aglomeraciones o fiestas clandestinas.

De acuerdo a lo señalado por el exfiscal del Ministerio Público, Carlos Gajardo, aquellos casos que estén actualmente en tramitación se deben sobreseer.

«Dichas situaciones no pueden ser consideradas constitutivas de delito, no debieran proceder en la detención y los casos que estén actualmente en tramitación en la fiscalía, deberán sobreseer o solicitar una facultad de no iniciar la investigación», indicó.

Por su parte, el académico de la Universidad Diego Portales y director de Espacio Público, Mauricio Duce, manifestó que «no tienen ningún sentido gastar los escasos recursos policiales en detener a personas que simplemente están cometiendo una falta administrativa».

Asimismo, agregó que «hace sentido focalizar estos recursos en infracciones graves», tales como las denominadas fiestas clandetinas.

Mediante un correo electrónico, el Fiscal Nacional notificó al General Director de Carabineros el cambio de criterios para la persecución del artículo 318.

De esta forma, Carabineros solo podrá detener a una persona que ponga en auténtico peligro a la salud pública y, en caso de no ser un riesgo, los funcionarios policiales tendrán la facultad de reunir antecedentes para el sumario sanitario, consignar reincidencias y remitir oficios a la Seremi de Salud.



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Ciper Chile.

Según señaló el propio Baltasar Garzón al medio mencionado, se trataría de hechos que «revisten categoría, creemos, de crímenes de lesa humanidad. La denuncia ante la fiscalía de la Corte Penal Internacional quiere poner de manifiesto la impunidad que se esta viviendo en Chile”.

En particular, la acusación pide la intervención por los casos que «erróneamente» son calificados como delitos comunes y cuya investigación ha sufrido demoras injustificadas y actuaciones que no se ajustarían al principio de igualdad ante la ley.

Al respecto se lee en el documento: «los organismos del Estado encargados de investigar y juzgar, como lo son el Ministerio Público y el Poder Judicial, han tenido una demora injustificada en la sustanciación de estos procesos y sus actuaciones no revisten la necesaria independencia e imparcialidad y el debido respeto por el principio de Igualdad ante la Ley. Todo ello hace procedente y necesario el ejercicio de la jurisdicción complementaria de la Corte Penal Internacional”.

En el detalle, se buscarían sanciones para la máxima autoridad del país, incluyendo a ministros del Interior y Defensa, y generales directores de Carabineros.

De acuerdo a Carlos Margotta, presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos: “Los tribunales chilenos han incumplido su deber de administrar justicia”.

Ahora, la Corte Penal Internacional deberá definir si la acción es admisible para proceder a la investigación, proceso que puede incluso tomar años.

En la investigación la corte deberá analizar si los hechos son de su competencia, si hay motivos para sostener que hubo crímenes de lesa humanidad y, finalmente, si se cumplen los requisitos de admisibilidad, en especial el carácter complementario de este tribunal frente a la Justicia nacional.

Uno de los argumentos presentes en el texto es que “las conductas denunciadas no son aisladas o independientes entre sí, sino que se enmarcan en un plan destinado a llevar a claro un ataque organizado, masivo, extenso y sistemático contra la población civil, con el objetivo de reprimir las manifestaciones de disenso y contener las demandas sociales, ejerciendo intimidación política mediante el uso de la brutal violencia policial”.

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Sin embargo, el fondo del asunto sería la supuesta «impunidad» que habría en el país frente a las violaciones cometidas contra los derechos humanos durante el estallido social en la que se sumarían 8.510 denuncias y querellas ante el Ministerio Público.

En ese sentido, explican que «los hechos delictivos cometidos por los agentes del Estado chileno, principalmente miembros de la policía militarizada Carabineros de Chile, han sido calificados como delitos comunes, esto es como homicidios, mutilaciones o lesiones, violaciones o abusos sexuales, en circunstancias que debieran serlo, dado que concurren todas las exigencias, como crímenes de lesa humanidad. De esta manera, para orientar y fundamentar el principio de complementariedad invocado, podemos señalar que las actuaciones del Estado de Chile y sus diversos organismos, en relación con la ausencia de respuesta adecuada ante los ilícitos cometidos por sus agentes, han derivado en un grave comportamiento asimétrico y consecuencialmente, grave vulneración al principio de igualdad ante la ley, por parte de los distintos poderes del Estado encargados de la persecución penal, comportamiento asimétrico que es particularmente complejo en las investigaciones desarrolladas por el Ministerio Público, respecto de los delitos cometidos por agentes del Estado (Carabineros de Chile) contra manifestantes civiles”.

En definitiva, quienes acusan hablan de una falta de voluntad del sistema judicial chileno para investigar los hechos.

En sus antecedentes, aseguran que casi la mitad de las causas por violaciones de derechos humanos fueron terminadas sin avances: «unas 3.050 investigaciones en procedimientos por ‘violencia institucional’ fueron finalizadas por la vía administrativa en su inmensa mayoría y sólo marginalmente con la aprobación del correspondiente Juez de Garantía, lo que corresponde a un 46% del total de líneas investigativas por delitos cometidos en el período por agentes del Estado contra la población civil”.

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