La Corte determinó que dos artículos iban en contra de la esencia de la ley, y que tal y como estaban redactados era tolerancia al maltrato infantil.
Noticias Colombia
Por unanimidad, la Corte tumbó dos disposiciones de la ‘Ley Antichancla’, que prohíbe el castigo físico y los tratos crueles como método de crianza o corrección de los niños del país.
Una de las modificaciones tiene que ver con la definición que se hace en esa ley sobre el concepto de “castigo físico”.
Frente a este hecho, la Corte determinó que no puede definirse al castigo físico como una “acción de crianza, orientación o educación”.
La segunda disposición que tumbó la Corte era aquella que advertía que los padres podían perder la custodia de sus hijos, o la patria potestad; cuando los castigos físicos fueran “reiterativos ” o afectaran la salud mental o física de los menores.
Ley antichancleta: desde ahora, y bajo la decisión de un juez, un solo hecho de castigo físico podría terminar en la pérdida de custodia del niño afectado – https://t.co/7pntFYTyJL pic.twitter.com/oK5sp1B7fc
— Noticias Caracol (@NoticiasCaracol) February 25, 2022
Según la decisión de la Corte, de ahora en adelante no será necesario demostrar que un maltrato fue reiterativo o habitual para que se configure la pérdida de la patria potestad.
Tanto el demandante como el Gobierno argumentan que el castigo físico no se puede avalar; como una forma de educación o de orientación; advirtiendo que la misma ley es muy clara en prohibir este tipo de castigos como una medida correctiva para aplicar con los niños.
La decisión fue adoptada por cuenta de una demanda que radicaron los abogados Manuel Díaz Sarasty y María Inés Figueroa.
0 Comments:
Publicar un comentario