Perú cumplirá el pedido de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) de suspender la excarcelación del expresidente Alberto Fujimori (1990-2000), según informó este miércoles el procurador supranacional, Carlos Reaño. Su decisión se conoce dos semanas después de que el Tribunal Constitucional le otorgara ese beneficio al exmandatario por motivos humanitarios en una votación que resultó empatada tres a tres, y que dirimió el presidente del colegiado, un abogado que fue candidato del fujimorismo cuando postuló a ese organismo en 2017.
La Corte IDH solicitó al Estado peruano a media tarde del miércoles que “se abstenga de ejecutar la orden del Tribunal Constitucional de disponer la libertad” de Fujimori hasta que el juzgado interamericano decida las medidas provisionales que pidieron las víctimas de las masacres La Cantuta y Barrios Altos al enterarse hace dos semanas de la súbita decisión del Constitucional sobre un habeas corpus presentado en 2020.
En esa solicitud, el abogado Gregorio Parco, pese a no ser el defensor legal del reo, pidió la excarcelación en el contexto de la pandemia de coronavirus argumentando la avanzada edad del detenido (83 años en la actualidad), el hecho de que no representaba un peligro para la sociedad y su salud deteriorada.
En 2009, el autócrata fue condenado a 25 años de prisión como autor mediato de homicidio calificado y lesiones graves cometidos por el destacamento militar Colina, un escuadrón de la muerte creado durante su Gobierno que bajo el pretexto de la lucha contra el terrorismo asesinó a decenas de civiles, algunos de ellos opositores al régimen.
En noviembre de 1991, el Grupo Colina asesinó a 15 personas -entre ellos un niño de ocho años- en un inmueble de Barrios Altos (centro de Lima), mientras que en julio de 1992 secuestró a nueve estudiantes y un profesor de la Universidad Nacional de Educación La Cantuta, a quienes ejecutaron extrajudicialmente. Al año siguiente, algunos de los cuerpos fueron encontrados calcinados al este de la capital.
La sentencia que declaró culpable a Fujimori en 2009 fue producto de un largo proceso en el sistema de justicia interamericano al que acudieron las víctimas de las dos masacres ante la imposibilidad de que el fuero peruano investigara y sancionara a los responsables. El Gobierno de Fujimori incluso amnistió a los miembros del Destacamento Colina por los delitos que cometió.
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El procurador Reaño, como representante del Estado peruano en los litigios en el sistema interamericano, recibió la resolución de la Corte IDH y la comunicó a las entidades involucradas en la excarcelación de Fujimori. “Debe cumplirse esa decisión de la Corte Interamericana, están siendo notificados de esa resolución el Instituto Nacional Penitenciario, el Tribunal Constitucional y el Poder Judicial”, refirió en la emisora Radioprogramas.
En un comunicado de prensa del 17 de marzo, el Constitucional refirió que al declarar fundado el habeas corpus restituía los efectos del indulto humanitario que le concedió a Fujimori el expresidente Pedro Pablo Kuczynski la nochebuena de 2017, y disponía su libertad. El indulto se produjo luego de una negociación con el entonces congresista Kenji Fujimori, hijo del expresidente, y otros parlamentarios disidentes del fujimorismo a cambio de apoyarlo con votos para evitar ser destituido del cargo, en medio de una ofensiva liderada por la bancada parlamentaria que respondía a las órdenes de otra de las hijas de Fujimori, Keiko, derrotada por Kuczynski en las elecciones presidenciales de 2016.
Semanas después, la Defensoría del Pueblo demostró que los procedimientos que condujeron al indulto fueron irregulares. Además, debido a las sentencias de la Corte IDH sobre los casos Barrios Altos y La Cantuta, dicho tribunal pidió al Estado peruano cumplir sus obligaciones con las víctimas y evaluar si el indulto las infringía. Los abogados de las víctimas pidieron a un juez supremo evaluar si el perdón presidencial se ajustaba a la Convención Interamericana de Derechos Humanos, un proceso llamado control de convencionalidad. La consecuencia de dicho proceso fue la resolución del juez supremo penal Hugo Núñez que anuló el indulto en 2018, por haber sido producto de una negociación política, y por las irregularidades del trámite. Fujimori entonces retornó a prisión.
La noche del lunes, uno de los abogados de Fujimori, Elio Riera, planteó que al no existir aún una resolución de la Corte Interamericana, sino una comunicación enviada al Estado peruano por el secretario de esa entidad, “sería inviable ejecutar” el pedido del tribunal interamericano. Horas antes, la hija mayor de Fujimori visitó a su padre en el centro de reclusión y anunció a la prensa que esperaban la liberación de su padre este viernes.
Pasadas las 9 de la noche del miércoles, la lideresa de Fuerza Popular difundió un audio en rechazo al pedido de la Corte IDH. “En un capítulo más de una serie de injusticias contra mi padre, una corte internacional reconocida desde siempre por su sesgo ideológico pretende ahora impedir a través de un documento simple la excarcelación de Alberto Fujimori”, comentó.
“Está en manos del Gobierno allanarse o no a una medida tan precaria como injusta. Si existiera un mínimo de equilibrio en su evaluación, no debería desacatar el fallo del Tribunal Constitucional. De ceder ante una maniobra tan perversa e inhumana, mi familia hace responsable a este Gobierno de las consecuencias que su decisión pueda generar en la vida y la salud de Alberto Fujimori”, añadió la ex candidata presidencial, que afronta un juicio por lavado de activos y obstrucción a la justicia en el caso Odebrecht.
Las posiciones en el Constitucional
La sentencia del Constitucional fue difundida este lunes. En ella, el ponente a favor del recurso, Ernesto Blume, cuestiona las resoluciones judiciales que anularon el indulto de 2017, alegando que los jueces señalaron “presunciones subjetivas sobre irregularidades (en el trámite) que no resultan tales” y dice que el “objetivo final” del habeas corpus era “evitar la muerte del reo en prisión”. Además, Blume considera que el juez penal que anuló el indulto en 2018 no era competente para dicha decisión.
En uno de los tres votos en contra, la magistrada Marianella Ledesma reveló que las resoluciones que anularon el indulto no estaban en el expediente. “Los tres magistrados han anulado resoluciones que nunca han leído”, afirmó. Según la jurista Úrsula Indacochea, el Constitucional contravino sus propia jurisprudencia al pronunciarse sobre documentos que no obraban en el caso, comentó en Twitter.
Para la jueza Ledesma, “la sentencia ha dañado gravemente la legitimidad de la justicia constitucional peruana dado el desprecio sobre los derechos humanos, en especial, respecto de aquellos derechos que se encuentran en el ámbito de protección de la Corte IDH”, sostiene en una de las 86 páginas de su voto en contra.
“Con esa forma de proceder, los tres jueces se burlan de la memoria de los fallecidos, la dignidad de sus familias y la conciencia moral del país”, añade la expresidenta del Tribunal Constitucional. Ledesma agrega que la sentencia beneficia al hijo menor de Fujimori y a Kuczynski, quienes afrontan un juicio por delito contra la administración pública en la modalidad de cohecho por haber negociado el indulto en 2017.
Los magistrados Ferrero, Blume y José Luis Sardón, que votaron por liberar al expresidente, son conocidos por ser cercanos al fujimorismo y a sectores conservadores. En 2019, los tres respaldaron un habeas corpus que presentó Sachi, otra de la hijas de Fujimori, y permitieron la excarcelación de la lideresa de Keiko Fujimori cuando estaba en prisión preventiva mientras era investigada por lavado de activos y obstrucción a la justicia por el caso Odebrecht. Los tres optaron por acelerar este expediente debido a que dos de ellos tienen el mandato vencido, Ferrero asumió como presidente en enero -con el voto dirimente- y el Congreso inició hace pocas semanas el proceso para elegir a los nuevos magistrados del Constitucional, y reemplazar a los que deben irse.
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