El 22 de marzo dimos la bienvenida a las novedades de la Ley de Tráfico, que trajo importantes cambios y nuevas multas.
Recoge más de 50 novedades y en este artículo te contamos las más relevantes, pero, sin duda, destacó por encima de todas la prohibición de rebasar en 20 km/h el límite de velocidad para adelantar en carreteras convencionales.
"Se suprime la posibilidad que tienen los turismos y las motocicletas de rebasar los límites genéricos de velocidad fijados para las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior", explicaban en la web.
Poniéndonos un poco en contexto para entenderlo todo correctamente, la regla del 7 hace referencia a los 7km/h extra sobre la velocidad máxima permitida a la que puedes circular sin que salte el radar. Es decir, en cuanto en una vía de 100km/h circulas a 108km/h ten por asegurado que el radar saltará. Lo mismo ocurre en las carreteras donde la velocidad máxima está limitada a 70, 80 y 90.
Sin embargo, cuidado con las autopistas y autovías en las que podemos conducir a 120km/h, ya que la regla del 7 se aplica diferente. En este caso tan concreto no hablamos de 7km/h si no del 7 % sobre el límite máximo, siendo los 128,4km/h el momento en el que saltará.
¿Sabes a qué #velocidad real te denunciará un radar?➡️Hasta 100 km/h, suma 7 km/h➡️Por encima de 100 km/h, suma el 7%.Recuerda, #LaCarreteraNoEsUnCircuito pic.twitter.com/ffLfG28XH4
— Guardia Civil 🇪🇸 (@guardiacivil) February 9, 2019
Ahora que ya sabemos esto, ¿cómo afecta la nueva ley de no rebasar en 20km/h el límite de velocidad para adelantar, con la regla del 7? Pues bien, la respuesta en sencilla, no afecta en nada, todo seguirá igual. Se elimina la posibilidad de adelantar en una carretera de 100km/h a 120km/h pero la regla del 7 seguirá funcionando como siempre.
Y es que, hablamos de una modificación de la velocidad en los adelantamientos en carreteras convencionales, pero no un cambio en los límites establecidos en las carreteras españolas, ni de los márgenes de error en los radares (esos 7km/h).
Sabiendo esto, podemos quedarnos tranquilos y seguir usando esa regla para circular a una pequeña velocidad superior si las condiciones de la carretera lo permiten.
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