Pamela Jiles proyecto reforma ley retirar 100% fondos AFP - Política

similar a lo informado por su par de la UDI, Jorge Alessandri.

Según indicó la parlamentaria, la medida busca que todos los afiliados al sistema de las AFP puedan acceder al retiro con un topo máximo de 1.350 UF, esto es casi $40 millones.

Asimismo, indicó que la opción se podrá efectuar de manera voluntaria y excepcional, incluyendo montos que no serán objeto de retención o descuentos legales.

Cabe señalar que la instancia se suma a la planteada este miércoles por el diputado Alessandri, quien se abrió a la opción «si es que avanza el cuarto retiro del 10%» manifestado por el parlamentario Jorge Durán (RN).

Según indicó el parlamentario al matinal Buenos Días a Todos, el objetivo central de la medida es «evitar que los fondos sean estatizados», aludiendo a un posible futuro gobierno de Daniel Jadue o Yasna Provoste.

«Yo siento que actualmente hay tres candidatos: Provoste, Jadue y Lavín. Dos de los tres estatizarán los fondos de los trabajadores de clase media. Cuando el 66% va por eso prendo las alertas. Entonces, en vez de licuar el sistema con un cuarto 10%, mejor salvemos los recursos ahora», manifestó.

Alessandri explicó que, de acuerdo a la experiencia del tercer retiro, «estoy seguro que la mayoría ahorraría todos sus fondos en algún instrumento en Chile para que los dineros no estén al alcance de las garras del populismo».

QUÉ DICE LA PROPUESTA DE JILES

El proyecto, del cual dio cuenta la Cámara de Diputadas y Diputados este jueves, contempla lo siguiente:

  • Cualquier persona podrá retirar el 100% de sus ahorros de su AFP
  • Tendrá un tope 1.350 UF, esto es casi $40 millones
  • Se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal, y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa
  • No podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio, sin perjuicio del derecho de subrogación legal del alimentario o su representante y de la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias
  • Se podrá pedir que un deudor de pensiones de alimentos pague sus obligaciones haciendo uso de dichos montos
  • Los afiliados podrán solicitar este retiro de sus fondos hasta 365 días después de publicada la reforma
  • El retiro se podrá hacer independiente de la vigencia del Estado de Catástrofe decretado por la pandemia
  • Los dineros se podrán pedir de forma digital, telefónica o presencial mediante un sistema que dispongan las AFP
  • Si el afiliado traspasa sus fondos a la Cuenta 2, estos no deberán tener comisión de administración o de seguros
  • Si se piden los dineros en cuentas bancarias, instituciones financieras o cajas de compensación tampoco deberán sufrir costos por mantención


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