¿Te pueden multar por frenar antes de llegar a un radar? | Motor

La normativa de la DGT considera legales los avisadores de radar, que te notifican cuando estás cerca de un radar de tramo, y de forma aproximada, de un radar móvil . Eso sí, están prohibidos los inhibidores y los noticias /motor/no-dgt-no-va-autorizar-uso-detectores-radares-387833" title="La DGT no va a autorizar los detectores de radar">detectores de radar.

Cuando recibes ese aviso, si circulas a una velocidad mayor lo lógico es ir frenando suavemente hasta llegar al cinemómetro a la velocidad adecuada. Pero a veces estás demasiado cerca, y no queda otra que pegar un frenazo.

¿Te pueden multar por dar un frenazo antes de radar? ¿Y por frenar suavemente? Los expertos de  Auto Bild nos dan la solución.

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En primer lugar, hay que saber que uno de cada tres radares es falso. Es decir, noticias /pere-navarro-desvela-cuantas-cajas-vacias-radares-hay-carreteras-468703" title="Los radares falsos">una caja vacía. Así que tienes un 33% de posibilidades de que no te multen nunca, hagas lo que hagas... salvo que te vea la Guardia Civil, claro...

Si hay un radar, depende de su tipo. Según cuenta Noelia López noticias /te-pueden-multar-dar-frenazo-antes-radar-1042037" title="Multas por radar">en Auto Bild, existen los noticias /motor/aqui-tienes-mapa-gratuito-te-ensena-donde-estan-radares-invisibles-dgt-1043233" title="Mapa de los radares invisibles">radares antifrenazo o en cascada. En realidad son varios radares seguidos, pero solo el del centro es visible. Si vas a mayor velocidad antes o después del radar central, recibirás la multa, aunque frenes antes de llevar a dicho radar central.

Finalmente, hay que tener en cuenta que un frenazo brusco antes de un radar es, en sí mismo, una infracción, porque solo puedes frenar bruscamente ante una emergencia, y un radar no lo es.

El Reglamento de Circulación establece que "salvo en caso de inminente peligro, todo conductor, para reducir considerablemente la velocidad de su vehículo, deberá cerciorarse de que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores".

Además dice textualmente que "estará obligado a advertirlo previamente del modo previsto en el artículo 109 -accionando de forma reiterada la luz de freno- , sin que pueda realizarlo de forma brusca, para que no produzca riesgo de colisión con los vehículos que circulan detrás del suyo".

Por tanto si frenas bruscamente y el radar te pilla o la guardia de tráfico te ve, y hay otros vehículos cerca, puede caerte una doble multa: el exceso de velocidad, y el frenazo.

Frenar bruscamente sin causa justificada se considera infracción grave y conlleva una multa de 200 euros, sin pérdida de puntos del carnet.

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